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Monday, March 7, 2011

¿Cómo crear una cooperativa en Puerto Rico?

Definición

Una cooperativa es una asociación autónoma de personas agrupadas voluntariamente para satisfacer sus necesidades económicas, sociales y culturales comunes por medio de una empresa que se posee en conjunto y se controla democráticamente.

¿Cómo crear una cooperativa en Puerto Rico?

Una vez la comunidad o un grupo de personas deciden organizarse en cooperativa, procede lo siguiente: 1. Solicitar los servicios de la Administración de Fomento Cooperativo.

Estructura Organizacional

La estructura organizacional de una cooperativa está compuesta por los socios, su junta de directores, el comité de supervisión, el comité educativo, el administrador y los empleados.

Valores y Principios de las Cooperativas

Las Cooperativas se rigen por valores y principios cooperativaValores Cooperativos Ayuda Mutua Responsabilidad Democracia Igualdad Equidad Solidaridad Principios Cooperativos Entrada Libre y Voluntaria Control Democrático por parte de los Socios...

Definición

Una cooperativa es una asociación autónoma de personas agrupadas voluntariamente para satisfacer sus necesidades económicas, sociales y culturales comunes por medio de una empresa que se posee en conjunto y se controla democráticamente.

Una cooperativa es una entidad jurídica sin fines de lucro que se rige por los valores básicos de la cooperación, entre los que se destacan: la libre y voluntaria adhesión, la democracia participativa, la equidad en la distribución de sobrantes, la responsabilidad social y ética y la educación constante.

La cooperativa surge como respuesta a las necesidades del individuo. De esta forma, el primer paso real en la organización de una cooperativa es que exista una necesidad. Luego debe haber interés en conocer el modelo cooperativo.

¿Cómo crear una cooperativa en Puerto Rico?
Una vez la comunidad o un grupo de personas deciden organizarse en
cooperativa, procede lo siguiente:

1. Solicitar los servicios de la Administración de Fomento Cooperativo. Realizada esta solicitud se le asignará un recurso que iniciará los procesos organizativos. Se le ofrecerá orientación al grupo interesado, de forma que reciban las nociones básicas del cooperativismo y de qué es una cooperativa.

2. Se selecciona un Comité Timón que estará a cargo del desarrollo del grupo.

3. En el proceso de organizar el grupo se identificarán los factores necesarios para determinar:

a. Si hay una necesidad real para la organización de la cooperativa.

b. Si hay interés genuino de organizarse voluntariamente en forma cooperativa.

c. Si hay potencial para desarrollarse. Incluye un análisis de capital inicial necesario, financiamiento y mercadeo.

El estudio de viabilidad no será requisito de incorporación. Si fuera necesario podrá realizarse por la Administración de Fomento Cooperativo, la Liga de Cooperativas, el Banco Cooperativo, o por cualquier profesional cualificado.

4. Una vez determinado el potencial del grupo se inician todos los procesos de asistencia que incluyen:

a. Educación formal sobre cooperativismo

b. Asistencia en la preparación del Reglamento del grupo y sus Cláusulas de Incorporación

c. Asistencia técnica en procesos iniciales de formación, funcionamiento y operación

5. El próximo paso es realizar una Asamblea Preconstituyente, en el caso de cooperativas de ahorro y crédito o Asamblea Constitutiva, cuando se trate de cooperativas de producción y servicios. En esta asamblea se discuten y se aprueban el Reglamento y las Cláusulas de Incorporación.

6. Registro en el Departamento de Estado: Las Cláusulas de Incorporación y el Reglamento, después de legalizarse ante notario público junto con el Cuestionario de Incorporación, se envía al Departamento de Estado para ser incorporado.

7. Se organiza y celebra la Asamblea Constituyente en caso de cooperativas de ahorro y crédito o la Primera Asamblea General de Socios si se trata de cooperativas de producción y servicios. Se elige una Junta de Directores y un Comité de Supervisión. El Inspector de Cooperativas entrega el Permiso de Funcionamiento o Certificado de Incorporación.

Estructura Organizacional

La estructura organizacional de una cooperativa está compuesta por los socios, su junta de directores, el comité de supervisión, el comité educativo, el administrador y los empleados. Además, un comité de crédito en el caso estricto de las Cooperativas de Ahorro y Crédito.

Socios - Es la base de la cooperativa, su estructura básica. Deben estar conscientes de la importancia de su rol. Además, deben patrocinar y participar en las actividades de su cooperativa y estar atentos a todo lo correspondiente a su funcionamiento.

Directores - Representan a los socios y son los responsables de las políticas que se implanten. Su función fundamental es realizar las genuinas disposiciones de la Asamblea.

Comités - Estos son elegidos o seleccionados para garantizar la educación y la calidad y supervisión de los servicios.

Administrador - Seleccionado por la Junta de Directores. Está a cargo de la acción gerencial de la institución que incluye implantación de las políticas que defina la Junta de Directores.

Empleados - Personal que rinde sus servicios y permite el funcionamiento de la cooperativa. Son reclutados por el administrador, con el visto bueno de la Junta de Directores.

Estos son los roles básicos de una institución cooperativa. El poder que surge de la Asamblea de Socios es delegado en la Junta de Directores y el Comité de Supervisión. Ellos delegan en el administrador, quien a su vez delega en los empleados. Esta relación también conlleva una comunicación y responsabilidad a la inversa.

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Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de Cooperativas de Puerto Rico: www.cossec.com


Valores y Principios de las Cooperativas

Las Cooperativas se rigen por valores y principios cooperativa

Valores Cooperativos

Ayuda Mutua

Responsabilidad

Democracia

Igualdad

Equidad

Solidaridad

Principios Cooperativos

Entrada Libre y Voluntaria

Control Democrático por parte de los Socios (una persona un voto)

Participación Económica de los Socios

Autonomía e Independencia

Educación, Capacitación e Información

Cooperación entre Cooperativas

Interés por la Comunidad

Diferencia entre una Empresa Cooperativa y una Empresa No Cooperativa (Individual Privada)

Lo que diferencia, básicamente, a la Cooperativa de la Empresa Individual Privada es que la cooperativa opera sin fines de lucro y pertenece a sus socios que son sus dueños y sus principales usuarios. La Empresa Privada opera con el único propósito de hacer unas ganancias sobre su capital invertido y pertenece a unos pocos inversionistas. En una cooperativa cada socio tiene derecho a ejercer un solo voto sin importar cuánto haya aportado. Así se logra que todos participen en la toma de aquellas decisiones que puedan afectar la sociedad. Este principio garantiza la democracia política. En cambio en una empresa individualista el que decide es únicamente el propietario.

Empresa Cooperativa

Propósito de Servicio

Base Democrática

Un Hombre - Un voto

No Delega el Voto

Sobrantes en Proporción al Patrocinio

Empresas no Cooperativas

Lucro o Ganancias a Base del Capital Invertido

Cada Acción un Voto

Voto por Delegación

El Dinero o Capital es lo más Importante

Ganancias para el Dueño